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Entrevista del periódico ABC a DELFA LOSA

2019-04-08

“Ningún empresario debería emprender un proyecto sin un análisis mediomabiental”

Creado en 1999, Losa Abogados viene centrando su actuación de asesoramiento jurídico en la gestión y el desarrollo urbanístico. En relación a ello, una de sus principales áreas de trabajo hoy se enmarca en el derecho ambiental.

Losa Abogados llega al derecho ambiental tras una extensa trayectoria centrada en el derecho urbanístico…
Sí, de una manera natural, como consecuencia de la propia evolución de este ámbito del derecho. Fundamentalmente por imposición de las directivas que promulga la Unión Europea, se requiere que en la tramitación de todo instrumento propio del derecho urbanístico (planes generales, planes parciales, planes especiales, etc.) se haga un previo análisis de la bondad, desde un punto de vista ambiental, de las decisiones que llevan implícitas tales instrumentos, lo que se conoce como la evaluación ambiental estratégica. Por simplificar, frente a la antigua visión del derecho ambiental, meramente reactiva, se ha pasado a una visión preventiva y precautoria, que ha de anticipar todas las consecuencias de cualquier decisión estratégica sobre nuestro medio ambiente. Se trata de tener la capacidad, no ya de decidir y anticipar las medidas correctoras que van a imponerse a una industria molesta o insalubre a desarrollar en un punto concreto del territorio, sino de analizar si realmente tal punto concreto resulta el más idóneo para la ubicación de esa industria o existen otros más adecuados.

¿Cómo se interrelaciona hoy el derecho urbanístico y el derecho ambiental?

La imbricación de tales ámbitos hoy resulta inescindible. No cabe tramitar ningún instrumento de planeamiento urbanístico sin que previamente se tengan todas las bendiciones de las autoridades ambientales competentes. Por lo cual, más que de interrelación entre uno y otro derecho, se podría hablar de un único ámbito del derecho, que debe ser conocido en su integridad, so pena de dar un defectuoso asesoramiento a las empresas.

¿Qué aspectos comprende el derecho ambiental de especial relevancia para las empresas?

Si bien esta rama del derecho incide sustancialmente en actividades como la promoción inmobiliaria, su manejo es esencial en ámbitos como la tradicionalmente denominada “industria pesada”, las empresas gestoras de residuos, las actividades mineras, etc.
Hoy en día el derecho ambiental afecta al devenir diario de cualquier tipo de empresa, ya no sólo en el momento de su nacimiento a los efectos de adoptar la mejor ubicación para desarrollar su actividad y lograr así la más ágil y pronta tramitación de las autorizaciones ambientales precisas, sino que, por la propia naturaleza de este derecho, que realiza un seguimiento continuado de tal actividad, pudiendo implementar, mejorar o adoptar, de acuerdo con las mejores técnicas posibles, nuevas medidas correctoras, va a ser relevante a lo largo de toda su trayectoria.

En este sentido, ¿cómo trabajan con sus clientes para una seguridad jurídica en ese ámbito?

En primer lugar, para dar un adecuado asesoramiento, es necesaria una labor previa de formación y actualización en el propio despacho, dada la continua promulgación y modificación de la normativa en este ámbito. En segundo lugar, debe prestarse el asesoramiento adecuado en este aspecto, dándole la importancia que hoy en día tiene este ámbito del derecho. No se trata simplemente de conseguir una autorización para pasar el “trámite”, sino que el proyecto a desarrollar disponga de las más eficaces medidas correctoras, en definitiva, de una buena calidad desde el punto de vista medioambiental, para evitar muchos problemas que podrían aparecer en el futuro.
En tercer lugar, resulta también importante consultar previamente con las autoridades ambientales cualquier paso que quiera darse, por ejemplo, una modificación en la actividad que pueda entenderse sustancial, logrando una comunicación fluida y transferencia recíproca de información que genere la confianza necesaria entre representantes de la administración y administrados, para que se adopten las decisiones más adecuadas, sin generar conflictos que pudieran haberse previsto y que malogren inversiones realizadas sin dichas precauciones

¿Cuáles son los aspectos más críticos?

A día de hoy, el aspecto fundamental es la relación con el entorno inmediato, por cuanto la ciudadanía cada día está más concienciada y es más exigente en materia medioambiental, lo cual es loable y signo de progreso cultural. Pero ello impone al empresario un especial rigor y auto-exigencia desde este punto de vista. Nosotros les asesoramos y les hacemos comprender que las inversiones que se acometan desde un inicio para reducir al mínimo las inmisiones en el entorno inmediato repercutirán muy favorablemente en el futuro devenir de la empresa y le evitarán importantes problemas. Y es que tampoco puede obviarse que cualquier problema medioambiental, por ínfimo que parezca, genera la aparición de plataformas vecinales que no siempre se conducen con el rigor exigible, ejerciendo presión en los medios de comunicación y convirtiendo, en ocasiones, lo que es una cuestión jurídica en una cuestión política. En mi opinión, la Administración debe velar por el estricto cumplimiento de la normativa medioambiental y la calidad de estas instalaciones, pero no dejarse instrumentalizar por movimientos demagógicos ni actuar a golpe de protestas.

¿Diría que las empresas que operan en España, en general, están concienciadas sobre el impacto ambiental de su actividad?

Siempre se puede mejorar, pero en pocos años se han realizado grandes progresos, y hoy en día, frente a lo que ocurría en un pasado reciente, existen empresarios con un elevadísimo grado de profesionalidad, al frente de actividades como valorización, gestión y eliminación de residuos, absolutamente concienciados con las repercusiones medioambientales de su empresa, que tienen perfectamente claro que el legítimo beneficio a obtener no puede ser costa de una relajación en las medidas correctoras que tienen implementadas.

¿Todo emprendedor debe tener en cuenta la cuestión ambiental a la hora de poner en marcha su proyecto? ¿Se infravaloran las consecuencias de un incumplimiento de la ley en este sentido?

De lo dicho hasta ahora se deriva que no sólo tiene que tener en cuenta esta cuestión, sino que nos atreveríamos a decir que debe ser la principal cuestión a tener en cuenta (unida a la urbanística, que resulta inseparable como hemos dicho), a la par que la necesaria rentabilidad económica del proyecto. Si no se hace así es que, efectivamente, se infravaloran las consecuencias. Porque no se trata sólo de las importantísimas sanciones que se imponen, con suspensión temporal o clausura de actividades, sino del ejercicio del emprendimiento concebido como una auténtica responsabilidad social, del que una parte fundamental es el máximo respeto al medio ambiente, y que, además, también se traduce en una buena imagen de la empresa en el mercado. Al igual que ningún empresario acomete hoy un proyecto de entidad sin un previo análisis de viabilidad, tampoco cabe prescindir del preceptivo análisis medioambiental.

DELFA LOSA

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